Elecciones al Parlamento de Galicia
Si resides en la demarcación consular (voto CERA):
Consulta del censo electoral:
El censo electoral se cerró el 1 de octubre de 2023.
Durante los días de 1 a 8 de enero de 2024, ambos incluidos, se habilitará un servicio de consulta extraordinario del censo, por estas vías:
- Presencialmente y sin cita previa en el Consulado General de España en Milan
1, 6 y 7 de enero de 11:00 a 14:00 horas.
2, 3, 4 y 5 de enero de 09:00 a 14:00 horas. - Por correo electrónico a la dirección cog.milan@maec.es , remitiendo la documentación necesaria para identificarse (por ejemplo copia del DNI o pasaporte)
- Por vía telematica, al enlace INE – Sede Electrónica – consulta de inscripción en el Censo Electoral en periodo electoral, previa identificación mediante sistema Cl@ave.
Reclamaciones y actualización del censo:
Dentro del plazo de consulta se podrá presentar en el Consulado General reclamación dirigida a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral contra su exclusión o inclusión indebida en el censo, así como actualizar sus datos de inscripción, en caso de que hayan cambiado después del cierre del censo.
Las reclamaciones se cumplimentarán en el modelo oficial facilitado por el mismo Consulado y deberán ser acompañadas por:
- fotocopia del DNI, pasaporte o permiso de conducir españoles
o bien - certificación de nacionalidad española
o - certificado de inscripción en el Registro de Matrícula Consular
Documentación electoral:
Se recuerda que ya no es necesario presentar ninguna solicitud como paso previo para el ejercicio del voto.
13 a 19 de enero de 2024:
Las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral remitirán la documentación electoral a la dirección de la inscripción de cada elector. Este primer envío incluye:
- sobre en el que figura la dirección de la Junta Electoral competente
- sobre con la dirección del Consulado General en la que estén inscritos
- sobre de votación
- certificados de inscripción en el censo
- hoja informativa con toda la información relevante para votar.
24 a 28 de enero (salvo impugnaciones a las candidaturas, plazo final 3 de febrero):
Segundo envío con las papeletas.
En alternativa las papeletas se podrán descargar hasta el 15 de febrero a través del enlace que se habilitará y comunicará puntualmente.
Modalidades de voto y plazos para votar:
- Por correo postal certificado al Consulado General no más tarde del 13 de febrero. Serán válidos los sobres recibidos en este Consulado General hasta el día 16 de febrero incluido. En cambio, no serán válidos los sobres recibidos antes de la proclamación definitiva de candidaturas.
- Depositando en urna del 10 al 15 de febrero, ambos incluidos, en los siguientes horarios:
- 10 y 11 de febrero de 10:00 a 16:00 horas
- 12,13,14 y 15 de febrero de 09:00 a 18:00 horas
La Oficina Consular garantizará la disponibilidad de papeletas oficiales de voto así como sobres de votación y medios informáticos para la descarga de la documentación precisa para votar durante los días habilitados para la votación presencial.
Si resides en la demarcación consular pero te encuentras temporalmente en España:
Podrás solicitar el voto por correo desde el 26 de diciembre de 2023 hasta el 8 de febrero de 2024 en cualquier oficina del servicio de Correos en España, debiendo enviar el mismo no más tarde del 14 de febrero.
Si te encuentras temporalmente en la demarcación consular (voto ERTA):
Para votar si te encuentras temporalmente en el extranjero
- deberás constar inscrito en el Consulado General como no residente
- solicitar la documentación electoral mediante la presentación del impreso oficial en castellano y en gallego en el Consulado General, no más tarde del 20 de enero incluido.
Ambos trámites podrán realizarse simultáneamente. El Consulado abrirá el sábado 20 de enero de 11 a 14 horas a estos efectos.
Una vez recibida la documentación de la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral, los electores deberán enviar su voto por correo postal certificado a la mesa electoral que corresponda en España, no más tarde del 14 de febrero, siguiendo las instrucciones contenidas en la hoja informativa recibida.
Una vez recibida la documentación de la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral, los electores deberán enviar su voto por correo postal certificado a la mesa electoral que corresponda en España, no más tarde del 14 de febrero, siguiendo las instrucciones contenidas en la hoja informativa recibida.
Ante cualquier duda no dudes en consultarnos a través de nuestro correo electrónico: info@cremilan.com
Deja una respuesta
Lo siento, debes estar conectado para publicar un comentario.